
HIPOTECADOS MULTIDIVISA EN ESPAÑA: ESTÍMULO PARA RECLAMAR ANTE LOS TRIBUNALES
- Posted by barrachina
- On 17 octubre, 2017
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En la actualidad se estima que :
-Son 70.000 las familias hipotecadas en multidivisa en España
–Sólo un 2% de los afectados han iniciado acciones legales, por miedo a enfrentarse al Banco y por la lentitud y disparidad de pronunciamientos de la justicia
–Las pérdidas ocasionadas en los prestatarios rondan los 200.000 euros de media por hipoteca.
Pero esta semana se abre un escenario muy positivo para todos los afectados ante el inminente pronunciamiento del Tribunal Supremo que aborda un recurso con el que establecer la doctrina que deberán aplicar los jueces españoles en los casos de hipoteca multidivisa.
Que dice el TRIBUNAL SUPREMO hasta ahora?
El pasado 30 de junio de 2015, el Alto Tribunal español vino a manifestarse por primera vez sobre las hipotecas multidivisa:
– Se trata de instrumentos financieros derivados, pues la cantidad a abonar por el hipotecante (el cliente) con las cuotas de amortización depende del valor que alcance la divisa contratada distinta al Euro, que suele ser el yen japonés o el franco suizo.
-Al ser un instrumento derivado, tiene el carácter de producto financiero complejo que otorga la Ley del Mercado de Valores y la Directiva sobre los Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID). Normativa que impone a las entidades bancarias que comercialicen con estos productos unos estándares de información que deben facilitar a los clientes, en su mayor parte consumidores, a fin de que puedan tener una idea clara de las características, riesgos y obligaciones que sobre ellos pesan una vez se contrate la hipoteca multidivisa.
¿Qué acciones están emprendiendo los afectados para solicitar la nulidad de la contratación de estos instrumentos financieros debido a que existe una clara diferencia entre lo que creían estar contratando y lo que verdaderamente adquirieron?:
- a) El error en el consentimiento: pues solamente cuando el cliente entiende el producto que está adquiriendo podrá prestar su consentimiento válidamente, estando viciado el consentimiento en caso contrario. La acción prescribe a los cuatro años desde la consumación del contrato (finalización del préstamo), si bien algunos juzgados consideran que el plazo empieza a correr cuando el cliente hipotecante es consciente de los riesgos inherentes al producto contratado.
- b) La abusividad del clausulado del préstamo hipotecario multidivisa por falta de transparencia. Acción imprescriptible, sin plazo para ejercitarse.
¿Y que dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea?
Aun cuando en un primer momento negó el carácter de producto complejo a este tipo de hipotecas, el pasado 20 de septiembre de 2017 dictaminó que la referida cláusula multidivisa integrante del préstamo hipotecario puede ser declarada abusiva, aunque sea parte del objeto principal del contrato, si no ha sido redactada de forma clara y comprensible.
Considera de suma relevancia que el consumidor esté informado, previamente a la celebración del contrato, de todo aquello derivado del contrato que pueda incidir en su situación personal y económico-financiera. Resultando esencial que comprenda, al menos, los efectos de los riesgos del tipo de cambio en las cuotas de amortización.
¿QUE SE ESPERA ESTA SEMANA?
El Tribunal Supremo (cuyo ponente es el mismo magistrado que dictó la sentencia de 30 de junio de 2015) dictará una resolución que, esperemos, venga a resolver la disparidad que rodea a la hipoteca multidivisa. En especial, se espera un pronunciamiento sobre el control de transparencia que antecede a la declaración de nulidad de la cláusula por su carácter abusivo. Control de transparencia que ha sido aplicado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la anterior resolución de 20 de septiembre de 2017, cuyo análisis puede consultarse aquí, y que en nuestro ordenamiento emana de la Ley de Condiciones Generales de la Contratación y de la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios.
Lo relevante de cara al control de transparencia es determinar si el consumidor fue informado de manera clara, precisa, suficiente y concisa de las cláusulas que fijaban esta modalidad hipotecaria, tanto en los aspectos gramaticales como a la comprensión de los efectos y riesgos derivados de la hipoteca multidivisa que pudiesen tener consecuencias en su patrimonio y economía durante la vigencia y futuro del préstamo.
De declararse la nulidad del clausulado multidivisa por su abusividad en aplicación del control de transparencia, LA ACCIÓN NO CADUCA, los afectados no disponen de plazo alguno que limite su derecho a ser resarcidos ante la adquisición de este producto dado el carácter imprescriptible de la acción.
Esa doctrina ya ha sido aplicada recientemente por la Audiencia Provincial de València al declarar que la hipoteca multidivisa contratada por un consumidor era una condición general de la contratación que no superó el control de transparencia, declarándose la nulidad parcial del préstamo hipotecario en lo relativo a la mutidivisa, obligando a la entidad bancaria a recalcular y fijar las amortizaciones en euros.
¿Qué acciones pueden emprender ahora los consumidores hipotecantes de la multidivisa?
Desafortunadamente los bancos no están por la labor de llegar a ningún acuerdo, por lo tanto, la única medida posible es acudir a un procedimiento judicial.
Barrachina Abogados pone a disposición de los afectados por las hipotecas multidivisa en Valencia un servicio especializado en asesoramiento, representación legal y de reclamación de estos productos hipotecarios. Nuestro despacho de abogados en Valencia y en Madrid cuenta con abogados para hipotecas multidivisa capaces de ofrecerle la mejor representación jurídica en estos temas.
Nuestro bufete ha instado distintos procedimientos contra entidades bancarias constatando que la entidad financiera ha incumplido los requisitos de transparencia e información a los vienen obligadas cuando de ofrecer productos financieros se trate. Por eso, sus posibilidades de éxito a la hora de contratar los servicios de Barrachina Abogados son notables, pues conocemos exactamente en qué casos un banco no se asegura de que el hipotecado-prestatario haya comprendido todo el riesgo consecuencia de contratar ciertos productos financieros como las hipotecas multidivisa.
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