
El Tribunal Constitucional falla sobre el cobro de plusvalías municipales sin ganancias
- Posted by Amparo Barrachina Abogados
- On 13 marzo, 2017
- 0 Comments
El TC ha vuelto a pronunciarse sobre el impuesto de las plusvalías. Pocos días después de que se publicase la primera sentencia del Tribunal Constitucional, en la que se declaró nulo el impuesto en casos en los que ‘’ se somete a tributación situaciones inexpresivas de capacidad económica, impidiendo a los contribuyentes acreditar que no se produjo efectivamente un incremento de valor”, se ha hecho pública una segunda resolución en la que se pronuncia en el mismo sentido.
En la primera sentencia, fechada el 16 de febrero de 2017, se analizaban diversos artículos de la Normal Foral 16/1989, de 5 de julio, sobre el impuesto del incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana del territorio histórico de Guipúzcoa. En la segunda sentencia, fechada el 1 de marzo de 2017, se estudia sobre artículos parecidos de dicha norma, solo que esta vez del territorio de Álava.
El Alto Tribunal ha vuelto a pronunciarse de la misma manera que en el primer fallo, y ha insistido en que ‘’en ningún caso se puede establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial o, lo que es lo mismo, en aquellos supuestos en los que la capacidad económica gravada por el tributo sea, no ya potencial, sino inexistente, virtual o ficticia”.
De esta manera, el TC ha concluido de la misma forma que en la sentencia previa, dictaminando que los citados preceptos cuestionados deben ser declarados como inconstitucionales.
0 Comments